“Los trabajos que se ejecuten por las microempresas familiares, por encargo de terceros, se entenderán, para todos los efectos legales, que se realizan por cuenta de quien los encarga.”

El Artículo 26 bis es una herramienta legal que protege a las microempresas familiares que trabajan desde su casa. Si haces productos o prestas servicios por pedido de terceros, recuerda: la responsabilidad es del que encarga, no tuya.

Esto te da tranquilidad para seguir creciendo con tu emprendimiento, sin miedo a cargar con problemas legales que no te corresponden.

¿Qué significa en palabras simples?

Significa que si tú, como microemprendedor, haces un trabajo por encargo, lo que entregues es responsabilidad del cliente que te lo pidió, no tuya.

¿Por qué es importante esto?

Porque muchas veces las MEF trabajan con empresas más grandes y temen quedar expuestas si algo sale mal. Este artículo te respalda y deja claro que tú solo ejecutas el trabajo, no eres responsable final del uso que se le dé.